Si bien nuestra principal función es la registral, nosotros estamos desarrollando otras actividades que nos permiten adecuarnos al rol que el derecho de autor tiene en la economía moderna.
Para llevarlas a cabo, en la DNDA hemos elaborado un plan estratégico 2016-2019 que se asienta sobre cinco pilares:
1) Digitalizar el trámite de registro, que permita de modo sencillo y económico, que los autores y titulares registren las obras y contratos, desde cualquier lugar del país.
2) Modernizar la legislación, tanto en el plano interno como en la implementación de tratados internacionales. La legislación argentina no ha incorporado los avances tecnológicos ni los nuevos usos de las obras. En los próximos meses propondremos un nuevo sistema de limitaciones y excepciones, modificaciones al régimen sancionatorio y la validez de los registros en línea. También estamos trabajando en el plano internacional, en la OMPI, la OMC y la negociación con el Mercosur y la Unión Europea.
3) Establecer sistemas de conciliación y arbitraje, que permitan solucionar los conflictos y proteger mejor a los autores.
4) Brindar capacitación y difusión en derechos de autor y conexos, desde la educación primaria hasta la universidad, pasando por emprendedores, desarrolladores de software, y todo tipo de usuarios.
5) Mejorar la fiscalización estatal de la gestión colectiva de derechos. Además de crear nuevas entidades, se debe consolidar a las existentes, en beneficio de autores y usuarios.
Estos objetivos implican modernizar la estructura de la DNDA. Estamos proponiendo la optimización de recursos basados en la capacitación del personal, creando áreas donde la transparencia y modernización en lo registral y administrativo continúen siendo nuestra prioridad, la cual nos permitirá generar los espacios necesarios para brindar a los autores las herramientas para proteger su patrimonio. Creemos indispensable la implementación de un centro de arbitraje y mediación, para dar resultados rápidos y seguros, a los conflictos que se puedan originar a partir de la legislación nacional e internacional del derecho de autor y derechos conexos.
Entendemos que el derecho de autor es el soporte jurídico de los procesos creativos. Argentina es un país de gente talentosa, con capacidad de creación y difusión del arte, la ciencia, la música, el cine, el teatro, el software, y tantas otras obras del intelecto. Estos creadores pueden generar actividad económica con creación de empleo y exportación de servicios. Necesitamos brindarles seguridad jurídica y facilitarles la negociación con otros sectores. A modo de ejemplo, deberíamos colaborar con ellos en que puedan gestionar mejor la explotación de sus obras en el entorno digital globalizado, y que puedan recibir parte de los ingresos que reciben las plataformas de contenidos. Hoy día las industrias del derecho de autor significan cerca del 6% del PBI. Esto puede mejorar. Un mejor sistema registral permitirá impulsar más actividades económicas sustentadas en creatividad, mediante la certeza de los derechos y de sus titulares. La información que brindará un registro moderno será útil a múltiples actores.
Ante este contexto, el principal problema que debe enfrentar el Estado tiene que ver con el conocimiento y la utilización del sistema por parte de los interesados. La propiedad intelectual es un sistema global de protección del conocimiento, relativamente sofisticado. Los creativos deben saber cómo jugar en ese terreno y el Estado debe facilitar los medios para que puedan desarrollar su creatividad de modo que obtengan el merecido rédito: que puedan vivir de su trabajo, un trabajo muy particular. La ley debe ser fácil de ser cumplida y respetada: allí está nuestra tarea. Otras áreas de gobierno desarrollarán la promoción de la creatividad, como el Ministerio de Cultura, con el INCAA o el INAMU, el Ministerio de Educación o Ciencia y Tecnología. A modo de metáfora, el derecho de autor actuará como “tejido conectivo” de las otras actividades estatales de promoción.
Como parte de nuestra tarea, también debemos recordar que los usuarios, quienes disfrutamos de los contenidos, no podemos pretender que todo sea gratuito. Desde esta perspectiva, somos consumidores, nos completamos vivencialmente con “productos” para el disfrute de nuestro espíritu. Debemos tomar conciencia de los costos de producción de esos contenidos, que hay personas que nos entregan algo y deben vivir de su trabajo. De este modo, el respeto del derecho de autor es una tarea que incumbe al Estado.
Por otra parte, hay que señalar que los medios digitales han facilitado el acceso y utilización de las obras. Todos tenemos muy a mano la disposición de música, cine, televisión, literatura… La reducción de costos de reproducción y su distribución significa un reto para los autores y para quienes actúan como intermediarios entre los creativos y los usuarios. Las plataformas de contenidos implican un nuevo modo de acceso y de monetización. El primer desafío es conservar algún tipo de ingreso económico por la creación y distribución de contenidos, favoreciendo los sitios legales y desincentivando los ilícitos. Luego, habrá que atender a cómo se distribuye el ingreso resultante entre los actores del sistema. Existen ciertos desbalances, ya que las plataformas facilitan el acceso y obtienen grandes ingresos, por ejemplo, a través de la publicidad. Los creativos no están participando de ese ingreso, lo cual entraña una injusticia. Creemos que la gestión colectiva debe tener un rol más activo en defensa de los autores en el entorno digital, incluso recaudando por el uso de obras argentinas en el extranjero.
Lamentablemente, los proyectos de ley que se están debatiendo en el Congreso no tienen en cuenta esta realidad y se olvidan de los más débiles: los autores.
La tecnología debería permitir de modo simultáneo el mayor acceso y la adecuada remuneración de los creadores. El esquema podría ser el siguiente:
La gestión colectiva de derechos es un sistema consolidado a nivel mundial y con tradición en Argentina. Sin embargo, no siempre se comprende su rol y existen conflictos en su funcionamiento, situación que se puede verificar en muchos países. En casi todos los países de la región el tema está muy candente.
Cada grupo de titulares de derechos es un conjunto muy amplio y difuso de autores e intérpretes, diseminados a lo largo del país y del mundo. Algunos de ellos pueden ser muy reconocidos y otros tendrán papeles más modestos y ocasionales
.Ciertas obras serán reproducidas de modo muy frecuente y otras menos, en medios de comunicación de distinto alcance. La gestión colectiva facilita la actividad de una multitud dispersa de titulares de distinto rango y capacidad operativa, y que debe recaudar sus derechos de una diversidad de usuarios, espaciados geográficamente y con intereses y usos muy dispares. Ya se trate de canales de televisión, operadores de cable, radios, empresas gastronómicas o de hotelería, centros de entretenimiento, todos requieren del uso de contenidos para sus clientes. Estos usuarios a su vez quieren cumplir mediante un pago único y cancelatorio.
.En el país existen diversas sociedades de gestión colectiva (SGC), una por cada tipo de derecho y conjunto de titulares. Algunas de ellas tienen mandato legal, que a su vez les otorga un monopolio de gestión, el cual no es contrario a la legislación de defensa de la competencia en razón de que su funcionamiento redunda en eficiencia y en beneficio de intereses públicos y privados.
El Estado ejercita un interés público para que la gestión de estas entidades sea legal y razonable, tanto por los múltiples autores involucrados como por los derechos de los usuarios. En la mayoría de los países esto se encuentra bien estructurado, pero no sucede así en Argentina. No existe un sistema homogéneo de fiscalización estatal, y eso repercute en distintos conflictos. En primer lugar, entre los mismos autores, ya que están en discusión los sistemas de acceso a la gestión de la entidad, la democracia interna, la renovación en los cargos, la transparencia en la información, la equidad en la distribución.
Luego en la fijación de las tarifas y los sistemas de recaudación, ya que, por tratarse de un sistema autorizado de monopolio, se debe prevenir la arbitrariedad y abusividad. También por la igualdad de derechos entre nacionales y extranjeros, porque esa es la base para que se respeten los derechos de los argentinos más allá de las fronteras. Y finalmente, porque sobre la base del prestigio de estas entidades y su actuación, se podrá construir un sistema de recaudación equitativo por los nuevos usos de las obras en el entorno digital. En todos estos conflictos el Estado debe colaborar brindando soluciones de armonización de intereses.